Lunes 26 de Octubre de 2009 09:25
Consejo directivo
PRESIDENTA NATO:
Dra. Victoria Marina Velásquez de Avilés
Suplente:
Lic. Calixto Mejía Hernández
MINISTERIO DE HACIENDA
Propietario:
Dr. Federico López Beltrán
Suplente:
Dr. José Ignacio Javier Paniagua Castro
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Propietario:
Dr. José Francisco Román Orantes
Suplente:
Licda. Elia Estela Ávila de Peña
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
Propietario:
Dr. Roberto German Tobar Ponce
Suplente:
Dr. Abraham Alfredo Amaya Mendoza
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Propietario:
Licda. Emma Judith del Socorro Pinzón de Hidalgo
Suplente:
Ing. Baudilio Rafael García Reyes
SECTOR LABORAL
Propietarios:
Sr. Alejandro Hernández Castro
Sr. Ricardo Antonio Soriano
Suplentes:
Sr. Francisco Arturo Quijano Clara
Sr. Juan Carlos Martinez Castellanos
SECTOR EMPLEADOR
Propietarios:
Lic. Carlos Castaneda Tijiboy
Ing. Hugo Rafael Santamaría
Suplentes:
Lic. Tharsis Salomón López Guzmán
Licda. Francia Brevé
COLEGIO MEDICO DE EL SALVADOR
Propietario:
Dr. Juan Bautista Caballero Sibrián
Suplente:
Dr. José Eduardo Santamaria Salguero
SOCIEDAD DENTAL DE EL SALVADOR
Propietario:
Dr. José Benjamín López Guillén
Suplente:
Dra. Gloria Estela Gómez de Pérez
DIRECTOR GENERAL
Dr. Óscar Abrahan Kattán Milla
SUBDIRECTOR GENERAL
Dr. Ricardo Cea Rouanet
Atribuciones y deberes del Consejo Directivo
- Administrar el Instituto de acuerdo con la ley y los reglamentos, orientar su gestión y elaborar los planes y programas que debe llevar a cado este organismo;
- Elaborar los proyectos de reglamentos para la implantación del Seguro Social y dictar aquellos que requiera el funcionamiento interno del Instituto, de conformidad a esta Ley, estableciendo las normas internas relativas a horarios de trabajo extraordinario, permisos y licencias y becas; así como las referentes a asuetos, vacaciones, aguinaldos y demás prestaciones sociales a favor del personal, de acuerdo con principios de equidad y las disposiciones legales aplicables;
- Presentar al Poder Ejecutivo los proyectos de reformas o adiciones a la presente Ley;
- Estudiar y resolver los problemas que se presenten en el desarrollo del trabajo del Instituto;
- Designar de entre sus miembros una comisión ejecutiva, que tendrá a su cargo el ejercicio de las funciones delegadas en virtud del literal s) de este artículo, e integrar comisiones de su seno de acuerdo con lo que manda esta ley y los reglamentos, o conforme lo exija la buena marcha del Instituto;
- Aprobar la contratación de técnicos, a propuesta del Director General;
- Estudiar y aprobar el proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Instituto, con base en el anteproyecto que deberá presentarle el Director General oportunamente. El período presupuestario será de un año, comenzando el primero de enero y terminando el treinta y uno de diciembre;
- Nombrar y remover, a propuesta del Director General, a los Directores de Sucursales y a los jefes de departamento;
- Aprobar compras que excedan de cinco mil colones o contratos en que se obligue al Instituto a pagar más de un mil colones mensuales;
- Aprobar o improbar el informe que dentro de los sesenta días posteriores al vencimiento de cada ejercicio anual, deberá presentarle el Director General;
- Crear dependencias del Instituto en las diversas regiones del país donde lo estime necesario;
- Conocer de la forma en que el Director y el Subdirector ejecutan sus gestiones;
- Conocer en apelación de las decisiones del Director General que admitan este recurso;
- Publicar cada año un balance general de sus operaciones y un cuadro de ingresos y egresos, documentos que deberán ser certificados por el Auditor nombrado por el mismo Consejo Directivo;
- Proponer al Presidente de la República la remoción del Director o Subdirector Generales, en los casos contemplados en el Art. 16;
- Rendir un informe anual de las labores del Instituto a la Asamblea Legislativa, a través del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, el cual lo incluirá en su Memoria anual;
- Acordar la inversión de los fondos del Instituto en valores que reúnan condiciones suficientes de rentabilidad, seguridad y liquidez, de acuerdo con los Art. 27 y 28 y demás disposiciones legales y la compra de bienes esenciales que sean necesarios para la infraestructura del régimen;
- Acordar la concesión de los beneficios conforme a esta ley y los reglamentos;
- Aprobar la contratación de créditos;
- Acordar la venta en pública subasta de los bienes muebles en desuso y de los bienes inmuebles y valores cuando lo considere necesario para la buena marcha del Instituto;
- Aceptar transacciones judiciales y extrajudiciales;
- Delegar temporalmente y cuando lo considere necesario algunas de sus funciones a la comisión ejecutiva; y
- Las otras que establezcan las leyes y los reglamentos. (4)
Director general del ISSS

DR. ÓSCAR ABRAHAM KATTÁN MILLA
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL
Formación académica:
Doctor en Cirugía Dental, graduado de la Universidad Evangélica de El Salvador en 1990
Licenciado en Ciencias Jurídicas, graduado de la Universidad Modular Abierta de El Salvador en 2003
Entre 1994 y 1997
Miembro de la Junta de Vigilancia de la Profesión Odontológica
Obtuvo el galardón a la Excelencia Profesional Iberoamericana en Acapulco Guerrero, México, 2001
También fue Catedrático de la Universidad Modular Abierta de Sonsonate.
En su trayectoria política fue diputado del partido Cambio Democrático por el Departamento de Sonsonate.
Funciones del Director General del ISSS
Art. 18.- Corresponde al Director General:
- Estudiar las posibilidades de extensión del Seguro Social en cada uno de sus aspectos;
- Cumplir y hacer cumplir esta ley, los reglamentos y los acuerdos del Consejo Directivo;
- Preparar los programas de trabajo y hacer los estudios e investigaciones especiales de carácter técnico y administrativo, tanto en lo que se refiere a las cotizaciones como a las prestaciones;
- Formular recomendaciones esenciales sobre normas y procedimientos a seguir en la organización y desarrollo del trabajo;
- Establecer métodos prácticos para que las prestaciones del Seguro den su mayor rendimiento en calidad y economía;
- Dirigir, orientar y coordinar las labores del personal y vigilar su eficiencia;
- Evaluar los resultados obtenidos por las diversas dependencias del Instituto;
- Nombrar, promover, dar licencia, permutar y corregir disciplinariamente al personal del Instituto;
- Proponer al Consejo la creación de dependencias del Instituto y, una vez creadas, proponer los nombramientos de los Directores de dependencias y de los jefes de Departamento;
- Representar administrativamente, judicial y extrajudicialmente al Instituto;
- Presentar al Consejo Directivo los balances, el proyecto de Presupuesto y el Cuadro de Ingresos y Egresos a que se refiere el Art. 14;
- Asistir a las reuniones del Consejo y delegar en el Subdirector su representación cuando no pueda asistir; y
- Las demás atribuciones que le confieran las leyes, los reglamentos y las instituciones del Consejo Directivo. (4)
Subdirector general del ISSS

DR. RICARDO CEA ROUANET
SUB DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL
Formación académica:
Médico Oftalmólogo, graduado de la Universidad de El Salvador
Sus estudios de Post-Grado en Oftalmología los realizó en México.
Laboró 27 años para el Seguro Social como Médico Oftalmólogo, 5 de estos años se desempeñó como JEFE DEL SERVICIO de Oftalmología.
Desde el año 2001, el Dr. Cea Rouanet fue reelegido en diferentes periodos como representante del Colegio Médico ante el honorable Consejo Directivo del ISSS.
Funciones del Subdirector general del ISSS
Art. 19.- Corresponde al Subdirector General:
- Asistir al Director General en el desempeño de sus funciones, especialmente en la consignada en la letra a) del artículo anterior;
- Colaborar con el Director General en los estudios e investigaciones que se realicen coordinando el trabajo de las diversas dependencias y sucursales del Instituto;
- Desempeñar las atribuciones y cumplir con las obligaciones del Director General, cuando por cualquier motivo faltaré éste; y
- Las demás atribuciones que le confieran los reglamentos.