Lunes 15 de Marzo de 2010 09:16
1. ¿Cuáles son los requisitos para poder pasar consulta y/o agendar una cita?
Para Medicina General
- Tarjeta de afiliación
- Certificado vigente
Para una Especialidad.
- Tarjeta de afiliación
- Certificado vigente
- Referencia de medicina general.
Nota: Para Citas de Especialidad, se requiere que la Hoja de Referencia y Retorno esté autorizada por la Dirección del centro de atención médica que lo refiere.
2. ¿Qué debo de hacer si en la farmacia del Centro de Atención donde pasé consulta no hay existencia del medicamento recetado?
Acudir a un Punto Seguro donde nuestros ejecutivos pueden verificar existencia de medicamentos en farmacias generales y lo referirá a la farmacia general que le quede más accesible; para consultas adicionales favor llamar a Contacto Seguro al 2244-4777.
3. ¿Cuáles son los horarios de las Oficinas de Aseguramiento?
- Torre Administrativa ISSS - Lunes a Viernes de 7:00am - 4:00pm (sin cerrar al mediodía) Tel. 2268-3257/ 3260/ 3261. Dirección: Alameda Juan Pablo II y 39 Av. Norte, Torre Administrativa ISSS, al final del 1er Nivel.
- Plaza Merliot - Lunes a Viernes de 8:00am - 4:00pm (sin cerrar al mediodía) Tel. 2229-5318
Dirección: Calle Chiltiupan, Ciudad Merliot, Centro Comercial Plaza Merliot, 3er Nivel Local 394, a la par de oficinas de Migración.
- Plaza Mundo Soyapango - Lunes a Viernes de 8:00am - 4:00pm (sin cerrar al mediodía) Tel. 2277-8183 y 2277-9174. Dirección: Blvd. del Ejército Nacional y Calle Montecarmelo, Centro Comercial Plaza Mundo, 1er nivel, Local 88. Pegado a Oficina de ANDA.
EN EL INTERIOR DEL PAÍS:
- Oficinas Administrativas de Santa Ana, Sonsonate, San Miguel y Usulután : Lunes a Viernes de 8:00am - 12:00pm y de 12:40pm -4:00pm
Los trámites de afiliación e inscripción deben realizarse en las oficinas centrales (Torre ISSS) o en las sucursales administrativas que están en el interior del país de forma personal, presentando los documentos requeridos en original.
EL TRÁMITE ES COMPLETAMENTE PERSONAL SOLO EL COTIZANTE O PENSIONADO PUEDE REALIZAR LAS INSCRIPCIONES
4. Documentos a presentar:
- Tarjeta de afiliación del cotizante
- NIT del cotizante (No es indispensable)
- DUI del asegurado y su beneficiaria(o). No se necesita obligatoriamente que hayan modificado en el DUI su estado civil, basta con la partida de matrimonio.
- Partida de matrimonio original (la que extiende la Alcaldía). Este documento se retiene y queda archivado en el expediente.
- Una fotografía reciente tamaño cédula de frente de la beneficiaria(o). No se aceptan fotos escaneadas. No se admite fotos escaneada o que no este en papel fotográfico.
Nota: En los casos en que la cotizante esté registrada en el ISSS con el estado civil de soltera, deberá proporcionar 1 fotografía para que le cambien la tarjeta. Para la esposa(o), si uno de ellos es divorciado o viudo, deberá presentar partida de divorcio o defunción según el caso.
5. ¿Cuáles son los requisitos para inscribir de un compañero(a) de vida en el ISSS?
Debe presentarse al edificio de la Torre Administrativa del Seguro Social ubicada en la 39 Av. Nte. y Alameda Juan Pablo II, en el área de Aseguramiento y Afiliación 1° nivel, los siguientes documentos .
A. Inscripción Compañera(o) de vida con hijos en común.
Documentos a presentar:
- Tarjeta de afiliación del cotizante
- NIT del cotizante (no es indispensable)
- DUI del asegurado y su beneficiaria(o). Si la beneficiaria es menor de edad, debe presentar carné de minoridad, si no lo tiene debe tramitarlo.
- Partida de Nacimiento de hijo que tengan en común (si el hijo en común ha fallecido siempre se puede realizar el trámite, presentando adicionalmente la partida de defunción).
- Una fotografía reciente tamaño cédula de frente de la beneficiaria(o). No se aceptan fotos escaneadas.
Nota: Para este tipo de afiliación si uno de ellos es casado, divorciado o viudo, deberá presentar partida de divorcio o defunción según el caso.
IMPORTANTE: En el caso de que una persona quiera afiliar a su compañera de vida, la cual está actualmente afiliada como beneficiaria de otra persona; es posible realizar el trámite, pero para ello debe presentarse el cotizante y la beneficiaria para que esta última renuncie al derecho que le otorgaba la pareja anterior.
B. Inscripción Compañera(o) de vida sin hijos en común
Documentos a presentar para iniciar el trámite:
- Tarjeta de afiliación del cotizante
- NIT del cotizante (no es indispensable)
- DUI del asegurado y su beneficiaria(o). Si el (la) beneficiario (a) es menor de edad, debe presentar carné de minoridad, si no lo tiene debe tramitarlo.
NOTA: En este caso, el beneficiario(a) tendrá derecho a las prestaciones del ISSS hasta dentro de 9 meses contados a partir de la fecha de inscripción, según Art. 55 de la Ley del ISSS; es decir que la tarjeta se entrega dentro de 9-meses contados a partir del día en que se hace el trámite de afiliación. Le otorgarán una contraseña que deberá entregar cuando retire la tarjeta, llevando además una fotografía (no se aceptan fotos escaneadas) de la beneficiaria para su tarjeta. (El retiro de la tarjeta lo puede realizar el cotizante o beneficiaria.
Documentos a presentar para retirar tarjeta (dentro de 9-meses):
- Contraseña
- DUI del que va a ser beneficiario
- 1- Fotografía reciente del que será beneficiario
Para este tipo de afiliación si uno de ellos es casado, divorciado o viudo, deberá presentar partida de divorcio o defunción según el caso.
IMPORTANTE: En el caso de que una persona quiera afiliar a su compañera de vida, la cual está actualmente afiliada como beneficiaria de otra persona; es posible realizar el trámite, pero para ello debe presentarse el cotizante y la beneficiaria para que esta ultima renuncie al derecho que le otorgaba la pareja anterior. Siempre tendrá que esperar los 9-meses.
6. ¿Cuáles son los requisitos para inscribir hijos en el ISSS?
A. Inscripción hijos 0-2 Años
Documentos a presentar:
- Tarjeta de afiliación del cotizante.
- DUI del cotizante.
- NIT del cotizante (no es indispensable)
- Partida de nacimiento del niño a inscribir. ( Si no, hoja de corroboración de datos y Plantares del bebé)
B. Inscripción hijos 2-6 Años
Documentos a presentar:
- Tarjeta de afiliación del cotizante.
- DUI del cotizante.
- NIT del cotizante (no es indispensable).
- Partida de nacimiento del niño a inscribir. (Si ya esta inscrito y solo es cambio de tarjeta, no se necesita la partida, solo la tarjeta anterior)
- Una fotografía reciente tamaño cédula del niño (se aceptan fotografías con birrete, no se aceptan fotos escaneadas)
C . Inscripción hijos 6-12 Años
- Partida de nacimiento del niño a inscribir.
- DUI de ambos padres.
- Tarjeta de afiliación del asegurado.
- Una fotografía reciente tamaño cédula del niño.
- Certificado vigente del asegurado que inscribirá al niño
Es importante aclarar que aquellos niños que ya fueron inscritos en el Programa de 0 a 6 años de edad, únicamente deberán presentar:
- DUI, Tarjeta de Afiliación y el certificado vigente del asegurado que inscribirá al niño
- 1 Fotografía tamaño cédula
- Carné de beneficiario hijo ( requisito no indispensable)
D . Información adicional inscripción de hijos
Si un derechohabiente quiere inscribir a un beneficiario hijo/a, quien ya está inscrito como beneficiario por parte del padre/madre; se puede realizar dicho trámite presentando la siguiente documentación: tarjeta del afiliado, la tarjeta de beneficiario hijo/a, solamente que en una tarjeta quedara pasivo y en la otra activo (no necesita presentar partida de nacimiento).
TARJETA DE AFILICIÓN PROVISIONAL PARA NIÑOS:
Se puede obtener tarjeta provisional de niño ya inscrito cuando la tarjeta anterior esta vencida y tiene una emergencia. El padre que brinda el derecho o el cónyuge, se pueden acercar a la sección de Aseguramiento (Afiliación) con su DUI, y si es posible tarjeta anterior del menor. Se entrega una tarjeta provisional sin fotografía y luego de la emergencia debe tramitar la renovación de la tarjeta con fotografía.
7. ¿Qué requisitos necesito para la inscripción de beneficiaria de pensionado en el ISSS?
Documentos a presentar:
- Tarjeta de pensionado y NIT del pensionado (NIT no es indispensable)
- DUI de ambos
- Una fotografía reciente tamaño cédula de frente de la beneficiaria(o). No se aceptan fotos escaneadas. o que no esté en papel fotográfico.
Nota: Si no ha sido inscrita anteriormente, deberá presentar partida de matrimonio si son casados o partida de nacimiento de un hijo en común si son acompañados.
Además, si antes la había inscrito como esposa y solo presentó la partida de matrimonio, pero no quedó en su expediente del ISSS, deberá presentar la partida de matrimonio la cual quedará en Aseguramiento.
8. ¿Cuáles son los requisitos para obtener un certificado provisional?
La reposición de certificados patronales se realiza en Control de Ingresos de torre Administrativa ISSS o Sucursales Administrativas del Interior del País. Si se realiza en la Torre Administrativa ISSS, debe ir a la ventanilla "K" de 8:00am-12:00pm y de 1:00pm-4:00pm.
Se debe presentar:
- Fotocopia de las dos últimas planillas con sus respectivos recibos cancelados (copia).
Nota: Si son varias hojas de planillas, solo copia de las hojas en donde aparece el interesado más copias de los recibos
Costo de la reposición $0.60
Nota: Cuando se ha extraviado la parte del certificado de la beneficiaria pero aun posee la parte del certificado del cotizante, para que se lo repongan debe presentar la parte del certificado del cotizante (original o fotocopia legible) y cancelar los $0.60. Esto aplica para reponer el certificado del cotizante o del beneficiario (a).
9. ¿Dónde debo tramitar la carta de 12 semanas para maternidad?
En la Seccion Acreditación de Derechos, ubicada en : Alameda Juan Pablo II y 39 Av. Norte, Torre Administrativa ISSS. Tel. 2268-3211 y 2268-3193
Horario de Atención: Lunes a Viernes 8:00am -4:00pm. Sin cerrar al mediodía.
Cuando es Asegurada.
- Tarjeta de afiliación
- Certificado patronal vigente
- Hoja de requisitos que le dieron en U.M. (Especificar la fecha de parto).
Cuando es beneficiaria.
- Tarjeta de afiliación de la beneficiaria
- Certificado patronal vigente (si es beneficiaria de Pensionado no se le pide certificado)
- Hoja de requisitos que le dieron en U.M. (especificar la fecha de parto)
10. ¿Cuáles son los trámites para subsidios por incapacidad?
Los subsidios son las prestaciones en dinero que recibe en forma periódica y temporal el asegurado con derecho al incapacitarse temporalmente por concepto de enfermedad común, maternidad, accidente común, accidente de trabajo o enfermedad profesional.
El trámite de subsidios por incapacidad temporal puede tramitarse en:
- Sección Subsidios ubicada en : Alameda Juan Pablo II y 39 Av. Norte, Torre Administrativa ISSS. Tel. 2268-3263 y 2268-3269
- Sucursales administrativas (San Miguel, Usulután, Santa Ana y Sonsonate)
- La Unidad Médica de su adscripción.
a) Documentos a presentar (para Incapacidad por Riesgo Común Emitida por el ISSS)
- Hoja de incapacidad temporal (hoja celeste) firmada y sellada por el patrono en la parte posterior donde se solicita.
- Tarjeta con Número Único Previsional (NUP) de la institución a la que pertenece (AFP, UPISSS, IPSFA o INPEP).
- Tarjeta de afiliación ISSS
- Certificado patronal vigente (cuando se trata de empleado que ya no esta laborando y tiene pendiente cobro de subsidio puede realizarlo aunque no tenga ultimo certificado patronal).
b) Clase de subsidios
- Por enfermedad común o accidente común, se paga a partir del 4º día. Se cancelará el 75% del salario medio de base diaria, calculado con relación a los tres primeros de últimos cuatro meses cotizados antes de la incapacidad, límite 52 semanas (un año) por la misma enfermedad.
- Por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Se paga a partir del día siguiente de ocurrido el accidente de trabajo o enfermedad profesional hasta que el trabajador haya recuperado su capacidad de trabajo o se declare inválido, hasta el límite de 52 semanas. Las demás condiciones son similares a las del subsidio por enfermedad o accidente común.
- Por maternidad. Se concede por 84 días de duración. La fecha de parto debe quedar comprendida en los 84 días. Las demás condiciones son similares a las del subsidio por enfermedad o accidente común.
c) Quienes pueden realizar el trámite
- El trámite lo pueden realizar la persona que proporcione la siguiente información del trabajador que se encuentre incapacitado:
- Fecha de ingreso del trabajador a la empresa.
- Si ha cobrado incapacidad durante el año anterior o el presente.
- Teléfono de residencia y de la empresa donde labora el asegurado.
- El reclamo de la orden de pago debe hacerlo personalmente el asegurado presentando los siguientes documentos:
- Tarjeta de afiliación
- Contraseña de pago (la que se entrega cuando se realiza el trámite)
- Documento de identidad personal con fotografía.
- Si el incapacitado estuviere imposibilitado para retirar la orden de pago, puede retirarla un familiar que tenga un apellido en común y que haya solicitado previamente el formulario de autorización para retiro y/o cobro de subsidio en el lugar donde fue tramitada la incapacidad.
d) Requisitos para tramitar incapacidad por maternidad de hospital privado o nacional
Documentos a presentar en Trabajo Social (Homologación de Incapacidad):
- Tarjeta de afiliación y Certificado Vigente
- Constancia medica de incapacidad (original).
- Constancia de empresa (El formulario se le entrega en la oficina de Trabajo Social)
- Constancia de ingreso si es que la hubiere, copia de exámenes realizados y el diagnostico que le ha dado el medico.
Nota: La solicitud de documentos adicionales o la omisión de los establecidos queda a criterio de Trabajo Social
Documentación a presentar en la Sección Subsidios (trámite de Subsidio):
- Hoja de incapacidad temporal (hoja celeste) firmada y sellada por el patrono en la parte posterior donde se solicita.
- Tarjeta con numero único previsional (NUP) de la institución a la que pertenece (AFP, UPISSS, IPSFA o INPEP).
- Tarjeta de afiliación ISSS
- Certificado patronal vigente (Cuando se trata de empleado que ya no esta laborando y tiene pendiente cobro de subsidio puede realizarlo aunque no tenga ultimo certificado patronal).
Preguntas frecuentes sobre trámites de pensión
11. ¿Cuál es la edad para pensionarse?
- Hombre 60 años
- Mujer 55 años
12. ¿Cuál es el tiempo de cotización mínimo para pensionarse?
- 25 años cotizados
- tener al 18/04/1998
a) Para los hombres:
Edad y años cuplidos para pensionarse (hombres)
|
Edad cumplida 18/04/1998
|
Años de cotización para pensionarse
|
| 60 y más |
15 |
| 59 |
16 |
| 58 |
17 |
| 57 |
18 |
| 56 |
19 |
| 55 |
20 |
| 54 |
21 |
| 53 |
22 |
| 52 |
23 |
| 51 |
24 |
| 50 y menos |
25 |
b) Para las mujeres:
Edad y años cuplidos para pensionarse (mujeres)
|
Edad cumplida 18/04/1998
|
Años de cotización para pensionarse
|
| 65 y más |
15 |
| 54 |
16 |
| 53 |
17 |
52
|
18 |
51
|
19 |
50
|
20 |
49
|
21 |
48
|
22 |
47
|
23 |
46
|
24 |
| 45 y menos |
25 |
13. ¿Si no tengo el mínimo cotizado tengo derecho a alguna prestación?
- Dependiendo del tiempo cotizado tiene derecho a una Asignación, siempre y cuando tenga 12 meses acreditados en el historial laboral.
14. Si un afiliado reside en el extranjero ¿qué pasos debe seguir para el trámite de la pensión?
- El Afiliado debe nombrar a un apoderado legal
15. ¿Cada cuánto tiempo deberá comprobar la sobrevivencia un pensionado?
16. ¿A dónde asistir para comprobar la sobrevivencia?
- En las oficinas de la Sección de Control de Pensiones.
- En los Puntos Seguros que están destacados en los Hospitales y Unidades Médicas del ISSS,
- En las oficinas de la Unidad de Pensiones de los departamentos de: Santa Ana, Sonsonate, San Miguel y Usulután.
- En los deferentes institutos bancarios, donde se les abona la pensión.
17. Para comprobar el estado familiar en los casos de pensión por sobrevivencia, ¿que documentación deberá presentar la viuda (o) o conviviente?
- Partida de Nacimiento original y reciente (máximo de 30 días), DUI y NIT.
18. ¿A dónde se debe comprobar el estado familiar?
- En la Sección Control de Pensiones, y en las oficinas de la Unidad de Pensiones de los departamentos de: Santa Ana, Sonsonate, San Miguel y Usulután.